8. Con carácter estupendo, la ordenamiento de los medios aéreos regulada en el apartado 10 de este protocolo podrá articularse a través de frecuencias de banda terrenal, siempre y cuando se haya despachado un mayor de tres aeronaves y todos los medios aéreos despachados tengan capacidad de sintonizar las frecuencias https://charlesd702jps1.worldblogged.com/profile