A) Cuando una Delegación Pública requiera a otra para que anule o revise un acto que entienda que es ilegal y que constituya la pulvínulo para el que la primera haya de dictar en el ámbito de sus competencias, en el supuesto al que se refiere el apartado 5 del artículo 39 https://rafaelqzglq.blogmazing.com/31441630/5-técnicas-sencillas-para-la-tecnologiaaltaseguridad-com-mx